Se expide el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. Se adiciona el artículo 17 Bis y se reforma el artículo 21 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de noviembre de 1988; para los efectos del presente Reglamento, se consideran subsectores específicos pertenecientes a cada uno de los sectores industriales señalados en el artículo 111 Bis de la Ley, como fuentes fijas de jurisdicción Federal los siguientes:
INDUSTRIA DEL PETRÓLEO Y PETROQUÍMICA, QUÍMICA, INDUSTRIA DE PINTURAS Y TINTAS, METALÚRGICA, AUTOMOTRIZ, DE LA CELULOSA Y EL PAPEL, CEMENTERA Y CALERA, DEL ASBESTO, DEL VIDRIO, GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA y TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS.
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