AVISO PARA VARIAR TOTAL O PARCIALMENTE EL USO DEL AGUA.
CNA-01-014
¿Quien?
Titulares de concesión o asignación con título vigente e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua.
¿En que Casos?
Cuando no se altere el uso consuntivo establecido en el titulo correspondiente se podrá cambiar total o parcial el uso del agua concesionada siempre que dicha variación sea definitiva y avise oportunamente a "la Autoridad del Agua"
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