AVISO PARA USAR AGUAS RESIDUALES POR UN TERCERO DISTINTO AL CONCESIONARIO O ASIGNATARIO.
CNA-01-015
¿Quien?
Titulares de concesión, asignación o permiso de descarga con título vigente e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua.
¿En que Casos?
Cuando las aguas residuales generadas sean utilizadas por un tercero distinto del titular, antes de llegar al punto de descarga señalado en el permiso de descarga correspondiente, siempre y cuando no se afecten derechos a terceros, ni las reservas existentes y se cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas y las condiciones particulares de descarga.
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